La terminación del Matrimonio Civil se refiere al proceso de divorcio y puede llevarse a cabo en una notaría, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo y hayan otorgado un poder escrito a un abogado. Cuando el matrimonio que se desea disolver fue celebrado por la Iglesia Católica u otra religión reconocida por el Estado, el divorcio se denomina «cesación de los efectos civiles del matrimonio religioso» y también puede realizarse en una notaría. El procedimiento de divorcio se culmina con la firma del notario en un documento público.
Requisitos:
- Documentos de identificación.
- Un poder firmado y autenticado por ambos cónyuges, designando a un abogado como su representante legal en el proceso.
- Copias auténticas de los Registros Civiles de Nacimiento de ambas partes.
- Copia auténtica del Registro Civil de Matrimonio.
- Un acuerdo firmado entre las dos personas respecto a su decisión de divorciarse. Este acuerdo debe incluir detalles sobre el cumplimiento de las obligaciones de manutención y alimentos para el otro cónyuge, si corresponde según la ley.
- Cuando hay hijos menores involucrados, deben presentarse adicionalmente los siguientes documentos:
- Copias auténticas de los Registros Civiles de Nacimiento de los hijos menores.
- Un acuerdo entre ambas partes acerca de cómo se atenderá el sustento y la alimentación de los hijos, el régimen de visitas y la custodia de los mismos.
- Como resultado del divorcio, debe llevarse a cabo la disolución y liquidación de la sociedad conyugal, a menos que ya se haya liquidado anteriormente.
- Un concepto emitido por el defensor de familia, a solicitud del notario.
Recuerda que los procedimientos legales pueden variar según el país y la jurisdicción. Siempre es recomendable consultar a un abogado o notario para obtener información específica sobre cómo proceder en tu situación particular.