Reconocimiento de firma y contenido

Aquellas personas que hayan estampado sus firmas en un documento privado tienen la opción de dirigirse al notario con el propósito de afirmar que las firmas corresponden a ellos y que el contenido del documento es veraz. La diligencia culmina con la rúbrica de los que hacen la declaración y la del notario. Los individuos que hacen la declaración son responsables de la exactitud de lo manifestado.

Requisitos:

  • Acudir en persona a la notaría.
  • Portar la cédula de ciudadanía.
  • Presentar el documento que será objeto de reconocimiento.
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