Testamento

Es un acto mediante el cual una persona dispone de la totalidad o parte de sus posesiones, con la intención de que se respete después de su fallecimiento en la distribución de su herencia. El reparto de bienes en el testamento debe ajustarse a las regulaciones legales. Durante la vida de la persona, tiene la facultad de modificar el contenido de su testamento.

Dentro del testamento, existe la posibilidad de reconocer a un hijo, decisión que no es modificable.

Los dos tipos de testamento más comunes son el Abierto y el Cerrado o Secreto, los cuales deben formalizarse a través de un instrumento público.

Requisitos para el Testamento Abierto:

  • La persona que desea disponer de sus bienes debe ser mayor de edad y, por ende, tener la capacidad legal para hacerlo. El notario se encargará de verificar esta condición.
  • Documento de identificación de la persona que va a testar.
  • Tres testigos, cada uno con sus respectivos documentos de identificación.
  • Se aconseja que la persona que va a realizar el testamento deje por escrito sus disposiciones, que el notario utilizará como base para la redacción del instrumento público.
  • El acto culmina con las firmas de la persona que testa, los tres testigos y el notario.

Requisitos para el Testamento Cerrado:

  • La persona que realiza este tipo de testamento debe ser mayor de edad y, por lo tanto, tener la capacidad legal requerida. El notario se encargará de verificar este requisito.
  • Documento de identificación de la persona que desea testar.
  • Cinco testigos, cada uno con sus documentos de identificación correspondientes.
  • Un sobre cerrado entregado personalmente por el testador, con una declaración escrita de que dicho sobre contiene su última voluntad. El sobre debe estar marcado con la palabra «Testamento».
  • El acto concluye con las firmas de la persona que testa, los cinco testigos y el notario. El notario se encargará de resguardar el testamento.

Cuando el testador fallece, los interesados deben solicitar al notario la apertura del Testamento Cerrado, presentando:

  • Documentos de identificación.
  • Una solicitud por escrito y evidencia de su relación con el testador. Si el interesado es hijo del fallecido, debe proporcionar una copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento.
  • Copia auténtica del Registro Civil de Defunción del testador.
  • Copia auténtica de la escritura pública generada a partir de la entrega del sobre cerrado al notario.

Los requisitos para los testigos, tanto en el Testamento Abierto como en el Cerrado, están sujetos a ciertas regulaciones legales. Por ejemplo, no pueden ser menores de 15 años, ni empleados de la notaría, ni parientes cercanos del testador o el notario. Para obtener información detallada y evitar la invalidez del testamento, es recomendable consultar con el notario.

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